Queridos hermanos: Solicitado por algunos sacerdotes, creo oportuno recordar la disciplina y la práctica sobre los padrinos de los bautismos y confirmación. A este respecto, hay que tener en cuenta lo que dispone el Codex Iuris Canonici, cánones 872-874, que es la legislación común para toda la Iglesia. Nuestra Iglesia diocesana, por su parte, promulgó el 3 de junio de 2001 una “Normativa para la práctica de los Sacramentos de Iniciación Cristiana” que mi predecesor publicó y cuya validez reafirmo en cuando no se oponga a lo dispuesto a la legislación general. En concreto, recuerdo el carácter obligatorio del c. 874, y muy particularmente la edad del padrino, que debe haber cumplido los 16 años. De esta norma, que es general, puede dispensar el párroco o el ministro por justa causa. Además, el padrino debe “ser católico, esté confirmado, haya recibido ya el Santísimo Sacramento y lleve, al mismo tiempo una vida congruente con la fe y con la misión que van a asumir”. Este punto no admite dispensa, y por tanto se debe ser claro con los padres cuando acudir a pedir el bautismo para sus hijos. Estoy seguro que la observancia por parte de todos de estas normas, evitando las divergencias pastorales, ayudará a valorar la función misma del padrino, más allá de un carácter social, y a la vez, proporcionará una conciencia más clara del valor del Sacramento de la Confirmación. Lleva como exigencia también el ir pensando y adoptando fórmulas para una adecuada catequesis que permita a los adultos, que no lo recibieron de jóvenes, acercarse en estas circunstancias a la Confirmación. He encargado al Hno. Ricardo Mateu, FSC, Delegado diocesano de Catequesis la preparación de un temario de 12 temas para la preparación de los adultos con vistas a la recepción del Sacramento de la Confirmación. Una vez esté elaborado, será éste el temario para los adultos que se deberá impartir en cada parroquia en los casos de los que se ocupa la presente Circular. En el caso de que una parroquia no tenga medios de ponerlo en práctica, podrá el mismo Delegado diocesano de Catequesis ocuparse del tema. Por mi parte, siempre que haya adultos para recibir el Sacramento de la Confirmación y no puedan por diversas razones recibirlo con el grupo de su parroquia, estaré disponible a administrarlo, personalmente o por medio del Vicario General, agrupándolos en la medida de le posible. Espero que observando todos lo dispuesto en esta materia y sobre todo, explicándolo a los fieles con el debido tacto y la necesaria prudencia pastoral, contribuyamos todos a la valorización de la importancia del Sacramento de la Confirmación y también a que los padrinos desempeñen su cometido según la mente de la Iglesia. Con un fraterno saludo en el Señor. +Vicente JUAN SEGURA, Obispo de Ibiza |