VICENTE JUAN SEGURA

POR  LA  GRACIA  DE  DIOS  Y  DE  LA  SEDE  APOSTÓLICA  OBISPO  DE  IBIZA

Caritas Diocesana de Ibiza tiene como finalidad llevar a cabo la acción institucional socio-caritativa, promoviéndola, orientándola y coordinándola en nombre de la diócesis. Caritas es la misma Iglesia que actúa y no una organización o entidad dependiente de la misma, ni tan siquiera una ONG o una empresa de servicios sociales, aunque deba emplear estas mediaciones para cumplir su misión en la sociedad. Por eso, el servicio de Cáritas debe ser expresión eclesial del amor de Dios, por lo que las personas que colaboran en Cáritas son agentes de la pastoral de la Iglesia.

El voluntariado es la esencia de Cáritas y en su actuación se debe basar fundamentalmente la acción que Caritas promueve. Para ayudar esta labor, cuando sea el caso, se puede recurrir a la contratación de profesionales del ámbito social, cuya regulación aparece en el Art. 19 de los Estatutos de Caritas Diocesana. El personal contratado debe ser el mínimo imprescindible y desde luego, se debe tener en cuenta que han de ser “de acuerdo con su esencia y espíritu” (Cf. Art. 19). El Consejo General de Cáritas Española aprobó el 17 de octubre de 2008 un iluminador documento que lleva por título “las personas que trabajamos en Cáritas”. Este documento debe ser bien conocido y estudiado para profundizar y mejorar la calidad del servicio que se presta a las personas que acuden a nuestras instalaciones.

El artículo 5º de los Estatutos de Cáritas Diocesana establece que “la presidencia corresponde al Obispo de Ibiza, así como la dirección y supervisión de la marcha y funcionamiento de la Cáritas Diocesana”. Por ello es facultad del Obispo “Establecer los criterios de pensamiento y normas de acción que considere convenientes para su buen funcionamiento y para la inserción de su labor en el conjunto de la pastoral diocesana”.

Vistas, pues, todas estas indicaciones y normas, y con el fin de mejorar en la posible la presencia activa y necesaria del personal contratado en Cáritas, me ha parecido oportuno dar las siguientes instrucciones para ser observadas en la contratación del personal.

PRIMERO: Cuando un técnico se presente a solicitar alguna plaza disponible o alguno sea llamado para desempeñar un oficio se le debe entregar un ejemplar de “Las personas que trabajamos en Cáritas” más arriba citado para que tenga una idea clara de la naturaleza y finalidad del trabajo que se le puede encomendar. El ejemplar será debidamente firmado y devuelto por el candidato añadiendo de su puño y letra que acepta cuando en el mismo se dispone.

SEGUNDO: Deberá acreditar su titulación profesional exigida para el desempeño del trabajo. Añadirá a ello un currículum vitae, si ya ha desarrollado trabajos con anterioridad, así como una partida de bautismo legalizada y un certificado de conducta expedido por el párroco de su domicilio.

TERCERO: Toda esta documentación será examinada por la Junta Directiva y el resultado de esa deliberación será presentado por escrito por el Delegado Episcopal al Obispo Presidente de la Cáritas Diocesana, el cual dará su parecer vinculante acerca de la contratación.

CUARTO: Una vez obtenido el parecer afirmativo del Obispo Presidente, el Director de Caritas, a tenor de lo dispuesto en el Art. 10, procederá a los trámites necesarios para formalizar la contratación, con la ayuda y colaboración del Secretario (Cf. Art. 12).

QUINTO: El mismo procedimiento se seguirá para la renovación de los contratos al vencimiento de los mismos si se desea renovarlos, o para modificación o ampliación de los mismos.

Estas disposiciones, oído el parecer el Consejo de Arciprestes del día 11 de enero de 2010, entrarán en vigor a partir de la fecha de hoy y forman parte de los Estatutos de la Cáritas Diocesana de Ibiza.

Ibiza, 19 de enero de 2010

+Vicente Juan Segura,

Obispo de Ibiza

Deja tu comentario